Declaración de la INDDHH sobre hechos de discriminación por razones étnico/racial y religiosa en una estación de servicio de Montevideo

26/Jun/2018

Declaración de la INDDHH sobre hechos de discriminación por razones étnico/racial y religiosa en una estación de servicio de Montevideo

Sin ingresar a considerar la sentencia – por estar fuera de sus competencias – desde la INDDHH se destaca positivamente la aplicación en este caso del artículo 149 del Código Penal en su redacción dada por la ley 17.817 de Lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación.
Asimismo, más allá de lo que dispone el marco jurídico en Uruguay, en esta oportunidad reiteramos lo expresado el pasado 21 de marzo de 2018 con motivo del Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial que “(…) las situaciones de discriminación étnico racial continúan latentes en la sociedad, siendo prioritario que los Estados adopten políticas públicas que logren promover la no discriminación y la lucha constante y permanente contra mitos y perjuicios que conllevan el odio y la segregación. (…) La no discriminación constituye un eje transversal de toda la actividad estatal, resultando prioritario la búsqueda de mecanismos y acciones concretas, que contribuyan a eliminar todo tipo de práctica o modelo estigmatizante en materia de educación, salud, trabajo, seguridad social y acceso a la justicia.”
Montevideo, 25 de junio de 2018